Una de las principales preocupaciones de los propietarios al momento de cambiar de administración es saber qué ocurre con la documentación del consorcio.
El Código Civil y Comercial establece que, en caso de renuncia o remoción, el administrador saliente debe entregar los activos existentes, los libros y toda la documentación del consorcio dentro de los quince días hábiles.
Esta obligación incluye, entre otros elementos:
- Libros de actas y administración.
- Registro de propietarios.
- Documentación contable.
- Contratos vigentes con proveedores.
- Información bancaria del consorcio.
- Antecedentes de reclamos administrativos o judiciales.
- Documentación relacionada con seguros y mantenimiento.
Además, el administrador debe presentar una rendición de cuentas documentada que permita a la nueva administración asumir la gestión con información completa y actualizada.
Una transición ordenada resulta fundamental para garantizar la continuidad de los servicios, la correcta administración de los fondos del consorcio y la transparencia hacia los propietarios.